La Paz, 04 de junio de 2024 (AEP). – El pleno de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) no podrá tratar el proyecto 073 de antiprórroga judicial si antes los parlamentarios no subsanan un defecto formal en el procedimiento legislativo ante la cámara revisora, según establece un fallo de la Sala Constitucional de La Paz.
La Sala Constitucional Primera de La Paz concedió, en parte, la tutela solicitada por los senadores suplentes William Tórrez y Lucy Escóbar, ligados a Evo Morales, quienes exigían que David Choquehuanca, presidente nato de la ALP, convoque a sesión para tratar los proyectos de ley 073 y 075.
Estos proyectos fueron elaborados por los opositores evistas, Comunidad Ciudadana (CC) y Creemos, que buscan suspender los plazos procesales y cesar de sus funciones a los actuales magistrados de justicia, a pesar de que hay el riesgo de dejar en la indefensión a litigantes, alertó el Tribunal Departamental de Justicia (TDJ) en febrero de este año.
Fallo
La sentencia de la Sala Primera de La Paz, difundida por la red DTV, establece que la tutela se concede en parte, “instruyendo al Vicepresidente y presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional a convocar al Pleno para discutir el proyecto de ley 073/2023-2024”, pero “una vez sea subsanado el defecto formal de procedimiento legislativo ante la Cámara Revisora, según dispone el artículo 163.6 de la Constitución Política del Estado”.
La Sala también pide al presidente de la Cámara de Senadores, Andrónico Rodríguez, que informe sobre si la acción presentada por Tórrez y Escóbar, suplentes, representa al Pleno del ente legislativo, porque no lleva la firma del titular.