Tarija, 13 de mayo de 2024 (En Línea).- El jefe departamental del Ministerio de Trabajo en Tarija, Richard Pillco, informó que las empresas tienen plazo hasta el 30 de junio para presentar la planilla de incremento salarial y los convenios suscritos con los trabajadores, conforme a la Resolución Ministerial 521.
Pillco explicó que, de acuerdo con la normativa, los empleadores debieron hacer efectivo el incremento del salario mínimo nacional hasta el 31 de mayo, mientras que el alza del 3% al haber básico debe aplicarse de forma retroactiva. Así mismo recordó que el salario mínimo nacional pasó de 2.362 bolivianos a 2.500 bolivianos acordado entre el Gobierno Nacional y la Central Obrera Boliviana.
“El empleador tiene la obligación de presentar, a través de la oficina virtual de trámites, la planilla de incremento salarial, así como los convenios que suscriba con los trabajadores o la organización sindical hasta el 30 de junio”, señaló la autoridad.
Pillco advirtió que el incumplimiento de esta disposición conlleva una sanción económica generada por el sistema virtual, en cuanto a las empresas que no tienen trabajadores registrados, el funcionario aclaró que igualmente deben aplicar el incremento salarial.
“Finalizado el plazo, inmediatamente se desarrollarán operativos e inspecciones al interior de los establecimientos laborales, en coordinación con las centrales obreras”, añadió.
Las empresas que no cumplan con estas disposiciones podrían enfrentar sanciones económicas y procesos laborales, por lo que se insta a acatar los plazos establecidos para la correcta aplicación del incremento salarial.